Resolución de trámites administrativos a partir del segundo semestre 2009 en la USAC

lunes, 29 de junio de 2009




Atentamente les informo que las solicitudes de trámites administrativos para estudiantes de reingreso, a partir del segundo semestre 2009, se resolverán de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Administración Estudiantil y el Reglamento del Sistema de Ubicación y Nivelación de la Universidad de San Carlos de Guatemala; este último aprobado en Punto SEXTO, Inciso 6.1 del Acta No. 05-2009, de sesión celebrada por el Consejo Superior Universitario el 11 de marzo de 2009 y publicado en el Diario de Centroamérica el viernes 5 de junio de 2009.

Los casos de trámites administrativos son los siguientes:

I. Carreras simultáneas entre unidades académicas:

De conformidad con el último párrafo del Artículo 7, Capítulo IV del Reglamento del Sistema de Ubicación y Nivelación, deben sustentar las pruebas de conocimientos básicos y específicas correspondientes a la carrera donde va a iniciar la carrera simultánea.

II. Traslados de matrícula entre unidades académicas:

De conformidad con el último párrafo del artículo 7, Capítulo IV del Reglamento del Sistema de Ubicación y Nivelación, deben sustentar las pruebas de conocimientos básicos y específicas correspondientes a la carrera de la unidad académica a donde desea trasladarse.

III. Traslados de matrícula de estudiantes de universidades privadas:

De conformidad con el numeral 2, del inciso b) Aspirante, Artículo 3, Capítulo I y Artículo 7, Capítulo IV del Reglamento de Sistema de Ubicación y Nivelación deben cumplir con aplicar la pruebas de Orientación Vocacional y sustentar las de conocimientos básicos y específicas a la carrera que deseen iniciar en la Universidad de San Carlos de Guatemala.

IV. Traslados de matrícula de estudiantes de universidades extranjeras:

Para el caso de los estudiantes de universidades públicas de Centroamérica, adscritas al Consejo Superior de Universidades Centroamericanas -CSUCA- y que tengan la intención de ingresar a la Universidad de San Carlos de Guatemala, de conformidad con el numeral 3, del inciso b) Aspirante, Artículo 3, Capítulo I y Artículo 7, Capítulo IV del Reglamento de Sistema de Ubicación y Nivelación, deben cumplir con aplicar las pruebas de Orientación Vocacional y sustentar las de conocimientos básicos y específicas. La exoneración de estas pruebas se aplicará únicamente si existe reciprocidad en la universidad pública centroamericana de donde proviene el interesado.

Para el caso de los estudiantes de otras Universidades Extranjeras, de conformidad con el numeral 4, del inciso b) Aspirante, Artículo 7, Capítulo I y Artículo 7, Capítulo IV del Reglamento de Sistema de Ubicación y Nivelación deben cumplir con aplicar las pruebas de Orientación Vocacional y sustentar las de conocimientos básicos y específicas a la carrera que deseen iniciar en la Universidad de San Carlos de Guatemala.

V. Profesionales graduados a nivel de licenciatura que desean iniciar otra carrera:

De conformidad con el Inciso a), Artículo 54, Titulo VI del Reglamento del Sistema de Ubicación Nivelación quedan exonerados de todas las pruebas los egresados de la Universidad de San Carlos de Guatemala o de cualquier universidad privada del país, que cuenten con el grado académico de licenciado.

VI. Graduados de carrera técnica, de profesorado o que tengan aprobados 3/5 partes del pensum de carrera de licenciatura en la Universidad de San Carlos de Guatemala:

De conformidad con el Inciso b), Artículo 54, Titulo VI del Reglamento del Sistema de Ubicación y Nivelación quedan exonerados de las pruebas que comprende este sistema.

VII. Los estudiantes que acrediten tener pensum cerrado de licenciatura en cualquiera de las carreras de la Universidad de San Carlos de Guatemala:

De conformidad con el Inciso c), Artículo 54, Título VI del Reglamento del Sistema de Ubicación y Nivelación quedan exonerados de las pruebas que comprende este sistema.

VIII. Las personas con capacidades especiales que así lo certifique la División de Bienestar Estudiantil Universitario, siempre y cuando su capacidad especial no sea impedimento insuperable para cursar con éxito la carrera seleccionada:

De conformidad con el Inciso d), Artículo 54, Título VI del Reglamento del Sistema de Ubicación y Nivelación quedan exonerados de las pruebas que comprende este sistema.

IX. Personas mayores de 65 años de edad:

De conformidad con el Inciso e), Artículo 54, Título VI del Reglamento del Sistema de Ubicación y Nivelación quedan exonerados de las pruebas que comprende este sistema.

X. Estudiantes que solicitan cambios de carrera dentro de la misma unidad académica:

Se resolverán de conformidad con lo dispuesto por el órgano de dirección de cada unidad académica.

XI. Estudiantes que solicitan carreras simultaneas dentro de la misma unidad académica:

Se resolverán de conformidad con lo dispuesto por el órgano de dirección de cada unidad académica.

De conformidad con lo establecido en los Artículos 58 y 59 del Reglamento del Sistema de Ubicación y Nivelación de la Universidad de San Carlos de Guatemala, se deroga cualquier normativo o disposición anterior que lo contravenga, y su vigencia es a partir del 5 de junio de 2009.

Sirva la presente para su conocimiento y efectos.

“ID Y ENSEÑAD A TODOS”

lanzamiento del portal www.archivogeneraldecentroamerica.com

Me complace reenviarles a continuación la invitación que ha girado la Licda. Anna Carla Ericastilla, Directora del Archivo General de Centroamérica, por el lanzamiento del portal de internet de esa institución, que tendrá la siguiente dirección: www.archivogeneraldecentroamerica.com


Principal archivo histórico centroamericano que conserva documentación de los países del Istmo y, además, de Chiapas, hoy territorio mexicano.

Esta iniciativa forma parte del apoyo que la Unión Europea, a través del Programa de Apoyo a la Integración Regional Centroamericana (PAIRCA), viene ejecutando para fortalecer al Parlamento Centroamericano y a sus iniciativas, dentro de la que resalta la presente, que tiene como objetivo central poner al servicio de la ciudadanía centroamericana un servicio cultural-histórico.

El Archivo General de Centroamérica cubre una amplia gama de funciones que abarcan desde las propias de un archivo administrativo y su relación con la ciudadanía guatemalteca y centroamericana en general; y simultáneamente a las de un archivo histórico, concernientes al Patrimonio Documental y la divulgación de la memoria histórica de nuestro istmo. Este tesoro regional custodia la documentación producida durante el gobierno colonial y republicano, que abarca desde el año 1524 hasta 1996, conservándose por lo tanto, la producción documental generada por la antigua Capitanía General del Reyno de Guatemala, hoy constituida por la región centroamericana.
El Archivo General de Centroamérica, con el apoyo de PAIRCA, realizó la renovación de su sistema de facilitación de información a la ciudadanía en general y a los investigadores especializados, quienes requieren ser atendidos con un servicio de calidad.

Solidaridad con Jean Anleu: respeten la Libertad de Expresión!

viernes, 15 de mayo de 2009

El tema de los Bancos es un tema que debe tratarse con pinzas, pero a todo esto: Por que defienden a un Banco X si algunos Guatemaltecos honrados y trabajadores perdimos nuestras inversiones cuando quebraron o fracasaron Bancos del Sistema como Banco de Comercio y Bancafè o las Financieras fantasmas? (Yo perdí mas de Q50,000.00 y ahí no existe delito…. O no se encuentran los responsables!!!)

(Debo usar palabras bonitas para que no me malinterpreten ni me juzguen por Delitos que ni se han creado) La norma debe interpretarse en el buen uso de la razón con imparcialidad, por que no es lo mismo emitir un comentario (Acaso el Presidente o los Diputados no han errado? Y ellos si tienen defensa llamada Antejuicio!) que crear una entrada y publicarla en un Blog o enviarla a través del correo electrónico. Señores en Guatemala aun no existe una ley o regulación sobre el uso del Internet en Guatemala, o si? Liberen a JeanFer!


Dentro del breve análisis que hago (Por que me tome un par de minutos para comentar sobre este atropello a la Emision del Pensamiento), el famoso contrato click o de Adhesión: si la suscripción se efectuó en otro país es el país el que tiene que desarrollar los términos de adhesión y leyes aplicables al caso, siendo en este caso que Guatemala no tiene leyes que versen sobre la adhesión de estos contratos, y es una relación entre el dueño del servicio como Twitter y el usuario final, el Estado de Guatemala no tiene mayor injerencia, por que el que desea leer es libre de hacerlo. otra apreciación: Existe un Servidor de Twitter en Guatemala? Sino existe no está dentro de su Jurisdicción y no es imputable de Delito, hay que hacer una diferenciación entre delito y Opinión...

Exigimos la Pronta Liberación del Ciudadano Guatemalteco Jean Anleu! y la Inmediata restitución de sus derechos así como la aclaración pública del Gobierno y del sector justicia por acusar a un ciudadano por un comentario que está alejado de lo que hacen ver como delito de Panico Financiero! inclusive no encuandra ni en la figura de Falta por que se está diciendo lo que los medios escritos y televisivos trasladaron a la población! y a ellos nadie los condena... Por favor dejen de Perseguirnos los Internautas somos libres, la internet se ha concebido con ese fin de Libertad! y Nuestra Carta Magna nos permite la Libertad de Expresión! La Procuraduría de Derechos Humanos debe pronunciarse y defender los Derechos que han sido violentados a nuestro compatriota!

En lo Personal para que sean tutelados los derechos de los Guatemaltecos en la Internet donde no existen fronteras, solicito a quienes lean este post:

1. Solicitar al Honorable Congreso la adhesión a Tratados Internacionales sobre Derecho Informático, específicamente el Convenio de Cibercriminalidad.

2. Crear/Elaborar un Codígo de Derecho Informático (Cuando concluya mi Tesis les enviaré una copia )

3. Establecer en el Código Penal en el libro segundo, capitulo VII de Delitos Informáticos cuales son los delitos informáticos

3. Crear la Ley de Protección de Datos personales! (Por que aquí no cabe el libre acceso a la información)

4. Crear una guia de uso de los Blogs en Guatemala y de Post o comentarios (En donde diga: NO opinar del Gobierno, de sus amigos o de los bancos por que ahí si ponemos a trabajar a todo el sector justicia y ustedes ya saben el resto)

5. Crear una Guia de Uso y o regulación de Internet en Guatemala.

6. Establecer cuales son las Libertades que los Guatemaltecos tienen para hacer uso del Internet

7. Hacer un Análisis sobre el contenido real del Código Penal en cuanto a determinar si esta clase de delitos es en materia de Delito informático o de Pánico Financiero como genéricamente lo manejan. (Es necesario que en Guatemala nos consulten a los Expertos en Temas de Derecho Informático). El Ministerio público de Guatemala generó una brillante investigación, algo de aplaudir que en menos de 5 dias hayan logrado recabar pruebas y/o evidencias y procesar judicialmente a JanFer y ligarlo a proceso.

8. Investiguen señores del Sector Justicia y Modifiquen este artículo de Delito de Panico Financiero por que en Guatemala todo es cuestion de Interpretación y ante lo mismo lo Interpretaron a favor de determinado sector, cuando la misma Constitución establece que el Interes Spcial prevalece sobre el Particular!

9. En el presente caso no se puede alegar ignorancia ante la ley! cual ley? no hay una ley creada por el Congreso o el esado de Guatemala para crear blogs o usar comunidades virtuales! Creo que Twitter se pasó de la raya al publicar informacion confidencial ya que deja vulnerable a cualquier cibernauta! En lo personal creí que los del MP eran cabronazos tipo la CIA que habían rastreado la dirección IP de donde salió la publicación y que detectaron el servidor y por GPS detectaron la vivienda y así tipo pelicula de Hackers!

10. Ahora que está esta cosa como pan caliente, ciudadanos Guatemaltecos! hoy mas que nunca los Blogueros estamos unidos y denunciaremos cualquier acto anómalo que conozcamos, por que ya no podemos vivir en una Guatemala Así!!!!

la siguiente imagen la publico como muestra de solidaridad con JanFer, Exigimos Justicia Guatemala!

https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhjkFAwXKyPwigLwwWv9J-mAxmINKfpw8or9wtNe7qwc_kK0_RIzIOD2oKaNcV2cmGUZuoOLHHK4IG5VGkwrwFoHNGGsZxyw-owVVduTIdlvIguqMWNArzNupkq1dMQij1mMeG_mwHIpvaE/s400/BANNER+BLOGS.gif

PD: Si hay errores en redacción lo revisaré la semana proxima por que debo seguir investigando sobre como echarle la mano a JanFer!


Invitacion Conferencia: Peritacion forense sobre el estado mental de las personas

viernes, 24 de abril de 2009

Les traslado esta invitacion para laConferencia intitulada "Peritacion forense sobre el estado mental de las personas"

Acuerdo Gubernativo No. 105-2009 Modificacion al Acuerdo Gubernativo No. 273-2008 Reglamento de Transito de Guatemala

martes, 14 de abril de 2009

Tengo a bien remitirles el acuerdo Gubernativo 105-2009 que fuera publicado en el Diario de Centroamerica el día 7 de Abril de 2009 que versa entre otros sobre modificaciones a artículos especificos a la circulacion de personas en Vehiculos, los artículos que están sufriendo modificaciones y que eben ser objeto de analisis por parte de los estudiosos del Derecho son: Artículo 46 NUMERO MAXIMO DE PERSONAS A TRANSPORTAR. Artículo 48 NORMAS RELATIVAS A VEHICULOS DE 2 RUEDAS. Adicion del Ar´ticulo 48 Bis y 48 Ter. Sobre el equipo que deben portar los conductores y por ultimo el negocio, es decir las sanciones: Artículo 185. MULTAS DE MAYOR CUANTÍA. Algunos de estos artículos entran en vigencia un dia despues de su publicacion y otros 30 dias despues, o posiblemente no entren en vigencia si los Motociclistas ponen en marcha las medidas legales que constitucionalmente le corresponden!


Reformas al Acuerdo Gubernativo 273-2008 por el Acuerdo 105-2009 Reglamento de Transito

Actualidad Decreto 105-2009, Reforma Reglamento de Tránsito
http://peritocontador.wordpress.com/2009/04/12/acuerdo-gubernativo-105-2009-2/
http://www.libertopolis.com/4-puntos/%C2%BFmoto-para-uno-o-para-mas/

Discusion de Artículos Finales de la Ley de Armas y Municiones y...

martes, 31 de marzo de 2009

Tras numerosas modificaciones al contenido de la Ley de Armas y Municiones, los Diputados finalizaron la discusión de esta normativa (146 Artículos), considerada indispensable para combatir la delincuencia y poner freno a tanta violencia. Guatemala es un país que se ha vuelto violento debido a que la impunidad hace gala en su máxima expresión. Una de las razones principales es que no existe un marco legal de referencia real ya que nuestra legislación penal no es lo suficientemente dura y tampoco se hace cumplir… Esperemos que esta nueva disposición pueda ser un marco de referencia para lograr un mejor país y que las muertes de tanta gente (pilotos, ciudadanos, bebes, Etc.) no haya sido en vano solo por querer ganar un protagonismo o generar presión para que se apruebe esta ley, pues dicho sea de paso, hay que analizar el contenido completo de la referida ley para conocer los intereses mezquinos de esta… El día de hoy se tiene contemplado que se finalice la discusión por redacción final. Entre los extractos mas importantes que pude encontrar en la red encontré estos:

“Entre las novedades de la ley está la reducción de cuatro a una sola licencia por ciudadano, la cual amparará la compra de hasta tres pistolas o revólveres de calibre reducido y un total de 750 proyectiles por mes.

Además, se aplicarán severas sanciones para la tenencia, venta, transporte o fabricación sin contar con la autorización respectiva de las autoridades.

Los diputados dispusieron eliminar el beneficio de la fianza a quien sea sorprendido en posesión de un arma sin licencia y con el propósito de delinquir.

También será penado disparar sin una causa justificada y la ostentación de estos artefactos, aunque sean legales”.

Según Radio Nuevo Mundo Uno de los artículos aprobados que generó polémica fue el 73, que se refiere a las licencias por razón del cargo, en el cual se establece que funcionarios como el Presidente y Vicepresidente de la República, los diputados y ex diputados del Congreso, ministros de Estado, magistrados de la Corte de Constitucionalidad, Corte Suprema de Justicia, jueces del Organismo Judicial, Tribunal Supremo Electoral, Fiscal General, Procurador General de la Nación así como secretarios privados de la Presidencia y Vicepresidencia, podrán portar arma sin licencia, aunque no sin antes registrarla en la Digecam. (En lo personal no estoy de acuerdo, por que nadie es superior a la Ley, y hay que aceptar que muchos de los antes descritos son corruptos y ellos mismos actuarían con una total impunidad y de poco serviría que existan tantas entidades fiscalizadoras como el MP, CICIG, INACIF, etc, si no podrían investigar a esta gente….)


En ocasiones da pena ver como se mueve la política tanto en Guatemala como en le mundo ya que todo es una negociación y manipuleo… para aprobar esta ley se genera una negociación entre bancadas, sectores interesados en el lucro de estos, el DECAM, etc. Cuando lo que interesa realimente es el bien común (Constitucionalmente así lo demanda la Ley en sus 3 primeros artículos: Artículo 1o. Protección a la persona. El Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien común. Artículo 2o. Deberes del Estado. Es deber del Estado garantizarle a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona. Artículo 3o. Derecho a la vida. El Estado garantiza y protege la vida humana desde su concepción, así como la integridad y la seguridad de la persona.) Ante lo mismo hay que recordarle que esa es la función de los legisladores velar por este tipo de intereses y no por un interés particular… Guatemala es un país regido por la ingobernabilidad, si el presidente o congresistas de su partido generan alguna iniciativa no es bien vista por el partido de oposición y viceversa, entonces si nos comemos los unos a los otros nunca prosperaremos! Trabajemos juntos para lograr ese ambiente de bienestar, paz y desarrollo Para Guatemala. Si a la Eduacion, no a la Guerra. Cambiemos las Armas por la Educación!

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